Convocatoria a Audiencia Pública del día 05 de marzo 14 hs.

El Presidente de la Legislatura, Diego Santilli convoca a la Audiencia Pública del día 05 de marzo 14 hs.:

  • FECHA: 5 de marzo de 2018 14:00 horas
  • LUGAR: En la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires 
  • Motivo: Ley inicial publicada en el BOCBA 5284 del 29 de diciembre de 2017 referente al Expte. 1842-D-2017. Con el objeto de que los interesados presenten los reclamos y observaciones que consideren pertinentes con relación a la Ley por la cual:
    • Artículo 1°.- Incorpórase en la Sección 1 del Código de Planeamiento Urbano, Ley 449, capítulo 1.2. «Definición de términos técnicos (AD 610.4)», parágrafo 1.2.1.1 «Relativos al uso», inciso b) «De los tipos de uso», la siguiente definición: «Centro de Entretenimiento Familiar: establecimiento emplazado en espacio cubierto – pudiendo disponer de áreas al aire libre-, con juegos manuales de uso público individual colectivo (entendiendo por esto a aquellos instalados de manera permanente, que requieran para su utilización de desplazamientos, impulsos, manipulación, o distintas forma de destreza y movimientos del usuario) así como aquellos que dependan para su funcionamiento de dispositivos eléctricos, electromecánicos o electrónicos, destinados al esparcimiento y recreación de familias.»
    • Art. 2°.- Incorpórase en el «Cuadro de Usos» del Código de Planeamiento Urbano, Ley 449, articulo 5.2.1., a) Agrupamiento «Equipamiento», E) Cultura, Culto y Esparcimiento, V) Locales de diversión, el Uso: «Centro de Entretenimiento Familiar» con referencia S.R.E. (es decir, «Sin Relevante Efecto») de acuerdo a la Ley N°123, con referencia 1000 (es decir, «superficie máxima 1000m2») en los Distritos de Zonificación R2bIII, E3, C1, C2, C3, E1, E2 e I y no permitido en los distritos R1, R1bl, R1bII, R2a y R2b. Art. 3°.- En todos los casos se deberá dar cumplimiento a la Ley 1540 mediante la inscripción en el Registro de Actividades Catalogadas como potencialmente contaminantes por Ruido y/o Vibraciones (RAC). Art. 4°.- Incorpórase al Código de Habilitaciones y Verificaciones, Ordenanza N° 34.421, texto consolidado por Ley 5666, en la Sección 10 (AD 700.48) «Espectáculos y Diversiones Públicas», el Capítulo 10.11 «Centro de Entretenimiento Familiar» conforme al texto que obra en el Anexo de la presente Ley. ( Ver Anexo de la Ley inicial en el BOCBA 5284 del 29 de diciembre de 2017 referente al Expte. 1842-D-2017).
  • Apertura del Registro de Participantes de la Audiencia: 01/02/2018
  • Cierre del Registro de Participantes de la Audiencia: 28/02/2018 a las 14:00 hs.
AP 05/03/18 14hs.
AP 05/03/18 14hs.
  • Inscripción de Participantes: Las personas físicas podrán iniciar la inscripción a través de la página web: www.legislatura.gov.ar o bien, personalmente en la Dirección General de Gestión y Participación Ciudadana de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sita en la calle Perú 160, Piso 1°, Of. 110. Para finalizar dicho trámite, es de estricto cumplimiento acreditar identidad con DNI, LC o LE el día de la Audiencia Pública. Las personas jurídicas deberán hacerlo únicamente a través de sus representantes legales acreditando personería jurídica en dicha Dirección General.
  • Horario de atención al público: lunes a viernes de 10 a 18 hs.
  • Vista completa de la Ley Inicial y de los Expedientes: En la Dirección General de Gestión y Participación Ciudadana. Informes: Tel. 4338-1033, mail [email protected].
  • Autoridades de la Audiencia: El Presidente de la Legislatura, o quien se designe conforme lo dispone el Art. 12° de la Ley Nº 6. 

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