La Legislatura modificará el Código Urbanístico para preservar la identidad de Lomas de Núñez y Nuevo Belgrano

La Legislatura define los límites de dos nuevos barrios: Lomas de Núñez y Nuevo Belgrano
La Legislatura aprobó en primera lectura un proyecto que procura mantener el paisaje y la arquitectura de Lomas de Núñez y Nuevo Belgrano y modificando disposiciones del Código Urbanístico. Deberá debatirse en Audiencia Pública. #barriolomasdenuñez #barrionuevobelgrano #audienciapublica #núñez #belgrano

 

La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires aprobó este jueves un proyecto de ley para dar protección paisajística, urbanística y arquitectónica a los barrios Lomas de Núñez y Nuevo Belgrano (Comuna 13). La propuesta obtuvo aprobación en «primera lectura» con 31 votos positivos de Vamos Juntos, UCR y Socialistas, contra 5 votos negativos de Consenso Federal y La Libertad Avanza, el Frente de Todos y el Frente de Izquierda se abstuvieron de votar. El siguiente paso será la realización de una Audiencia Pública antes de una segunda votación para sancionar la ley. 

La nueva legislación fue propuesta por vecinos de ambos barrios y quedó formalizada en un proyecto presentado por los legisladores Manuela Thourte, Juan Del Gaiso, Daniel Del Sol, Diego García de García Vilas, Marcelo Gouman. 

Luego el tema se analizó en la Comisión de Planeamiento Urbano, que preside Daniel Del Sol (VJ), donde se incorporaron propuestas del FdT.

Se trata de modificar disposiciones del Código Urbanístico para preservar la identidad barrial desde lo paisajístico, patrimonial y arquitectónico. Se propone modificar el Anexo II del Código Urbanístico, referido a las Áreas Especiales Individualizadas, incorporando estos dos barrios. 

En el caso de Lomas de Nuñez se establecerá una limitación de altitud para las construcciones edilicias, que no podrán superar los 9 metros.

  • Barrio Lomas de Núñez está delimitado por el polígono que forman el eje de la calle Vedia, vías del FFCC Mitre, el eje de la calle Vilela y el eje de la calle Cuba hasta su intersección con el eje de la calle Vedia. Un total de casi 36 hectáreas o manzanas.

En Nuevo Belgrano, en tanto, se dispondrán limitaciones para impedir el levantamiento de grandes torres y sólo permitir viviendas colectivas en las parcelas superiores y mayores.

  • Barrio Nuevo Belgrano queda comprendido entre las calles Monroe, Ramsay, Cazadores, Mendoza, Dragones, Juramento, Húsares, Echeverría, Ramsay y Sucre. Un total de 27 manzanas.

Se busca la edificación sustentable, conservación de la cota de barranca, retiro de frentes de 3 metros, preservación de los centros libres de manzana, el cuidado de las especies arbóreas, la preservación patrimonial e histórica, prohibición de publicidad en la vía pública que genera contaminación visual y la prohibición de «englobamiento» de parcelas.

FUNDAMENTOS DEL PROYECTO DE LEY  SOBRE EL BARRIO LOMAS DE NÚÑEZ

descargar proyecto de ley completo Expediente 1043-D-2022 (122629)
Autor / Coautores: THOURTE, MANUELA | DEL GAISO, JUAN FACUNDO | DEL SOL, DANIEL EDUARDO | GARCÍA DE GARCÍA VILAS, DIEGO MARIANO | GUOUMAN, MARCELO ALEJANDRO

Señor Presidente:

El presente proyecto tiene como objetivo modificar la normativa urbanística de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para la conservación paisajística del polígono delimitado por las calles Vedia, las vías del FFCC Mitre, Vilela y Cuba, a partir de ahora Lomas de Núñez, que coincide con el R1b1 del anterior Código de Planeamiento Urbano.

Dicho zona tiene su origen en el arduo trabajo realizado por Florencio Emeterio Núñez, quien, a principios de 1873 formó la sociedad, «Núñez y Cía», fundando el pueblo de Saavedra. El ingeniero Laurentino Sierra Carranza y al arquitecto Juan Antonio Buschiazzo, contratados por la sociedad confeccionaron el trazado de la nueva población.

El polígono delimitado por la presente normativa, es una zona alta, con barrancas y lomadas que bajan en dirección al río, siendo su área más alta la conformada en inmediaciones de la Av. Cabildo y la Av. General Paz descendiendo hacia el este y hacia el sur hacia el vértice conformado por la calle Vilela y las vías del ferrocarril B. Mitre. La zona presenta un profuso arbolado que también puede encontrarse en predios privados, herencia de las amplias quintas que existían en la zona.

Las calles, si bien conforman la clásica cuadricula porteña, delinea la geografía de la barranca que queda expuesta en la prolongación de la calle Arias entre O’Higgins y Grecia, donde la barranca da lugar a escalinatas rodeadas de espacio verde.

La topografía, tan particular, también se halla al interior de las manzanas cuadrangulares siguiendo ambas diagonales.El paisaje urbano de este sector barrial no se replica con frecuencia en el resto de la ciudad.

En este sentido, un grupo de vecinos manifestó la intención de contar con una normativa urbanística especial que se adaptara a sus características particulares a partir del pedido de una serie de modificaciones. 

Con este objetivo, el Área de Arquitectura Especial de Lomas de Núñez abarcará 36 manzanas y contará con: 

  • Edificabilidad de Unidad de Sustentabilidad de Altura Baja de tipo 1, que habilita la construcción de edificios de una altura máxima de 9 metros, sin retiros por sobre la altura máxima;
  • La conservación de la cota de barranca y un retiro de frente de 3 metros para mantener el entorno e identidad barrial;
  • Preservación del Centro Libre de Manzana;
  • Asesoramiento para garantizar la protección de las especies arbóreas;
  • La prohibición de publicidad en la vía pública y la protección de inmuebles de valor histórico y patrimonial.

Esta iniciativa retoma el trabajo llevado a cabo estos últimos años en materia de política urbana. Este proyecto implicó un vasto trabajo del Poder Ejecutivo con relevamientos y un estudio minucioso del área para garantizar la conservación necesaria para el polígono. Con este fin, en los anexos que acompañan el proyecto hay un listado de inmuebles afectados y fichas de catalogación que buscan brindar la normativa más precisa posible.

La sanción del nuevo Código Urbanístico en 2018 implicó nuevos lineamientos que tuvieron que recibir varias modificaciones para garantizar el cumplimiento de objetivos económicos, sociales y ambientales. De esta manera, la participación ciudadana es una instancia fundamental en este proceso y el trabajo llevado a cabo desde los Poderes Ejecutivo y Legislativo junto a los vecinos y las vecinas de Núñez se cristalizó en el presente proyecto.

Por todo lo expuesto, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto.

FUNDAMENTOS DEL PROYECTO DE LEY  SOBRE EL BARRIO NUEVO BELGRANO

descargar proyecto de ley completo  Expediente 1044-D-2022 (122630)
Autor / Coautores: GARCÍA DE GARCÍA VILAS, DIEGO MARIANO | DEL GAISO, JUAN FACUNDO | DEL SOL, DANIEL EDUARDO | GUOUMAN, MARCELO ALEJANDRO | THOURTE, MANUELA

Señor Presidente:

El presente proyecto de Ley propone la modificación de los incisos 3.2. U23, 3.3.3 U23 y 3.4 U23) del artículo 5.7.22. Anexo II «Áreas Especiales Individualizadas» del Código Urbanístico, que regulan la Urbanización Determinada «U23-Barrio Nuevo Belgrano».

Las modificaciones que por el presente se surgen a causa un pedido de los vecinos y vecinas del Barrio Nuevo Belgrano para adecuar la normativa en cuestiones técnicas relativas a las edificaciones en las parcelas superiores de la Zona 1 del «U23-Barrio Nuevo Belgrano». En este sentido, se sugiere que las viviendas colectivas sólo se permitan en las «parcelas superiores», es decir, aquellas cuya superficie mínima sea de mil quinientos metros cuadrados.

Asimismo, con el objeto de resguardar el aspecto residencial del U 23 – Barrio Nuevo Belgrano se modifican los usos que serán permitidos en la Zona 1 de la mencionada urbanización, estableciéndose el uso residencial exclusivo con equipamiento al servicio de la vivienda.

Se respetarán las actividades comerciales existentes y se tendrán en cuenta para las habilitaciones aquellos locales en edificios que cuenten con planos registrados, no admitiéndose la construcción de nuevos locales comerciales, ni la ampliación de los existentes.

Por último, se propone que el Organismo Competente, previo al Dictamen del Consejo del Plan Urbano Ambiental, requiera al Consejo Consultivo de la Comuna correspondiente a la ubicación del inmueble, un Informe en relación a las peticiones que reciba con respecto a la aplicación de las normas del U 23 – Barrio Nuevo Belgrano.

En virtud de lo expuesto, solicito por su intermedio al Cuerpo Legislativo, la consideración y aprobación del proyecto de Ley que se acompaña.

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