La mutilación de animales quedó prohibida en la Ciudad

La mutilación de animales quedó prohibida en la Ciudad

 

Es difícil de imaginar que una persona haga extirpar total o parcialmente una cuerda vocal de su mascota para que no moleste con sus ladridos (es una práctica muy usada en los criaderos), o que extirpe la primer falange de los gatos para no tener que cortarle las uñas o evitar un posible arañazo. Pero, de alguna manera estamos acostumbrados a ver perros con la cola o las orejas mutiladas. Pero todo eso quedó atrás, por lo menos en la Ciudad, todo eso pasa a ser una práctica ilegal a menos que por una cuestión de salud de esa mascota se justifique tal práctica.

En la última sesión del año pasado -5 de diciembre de 2019- se aprobó en la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires una ley que prohíbe la realización de intervenciones quirúrgicas estéticas que causen mutilaciones a los animales y/o modifiquen su aspecto externo, salvo aquellas que tengan el objetivo de prevenir o curar patologías específicas.

Se consideran prácticas meramente estéticas a la caudectomía (corte de cola), cordectomía (extirpación parcial o total de una cuerda vocal), otectomía (corte de pabellones auriculares), oniquectomía (amputación quirúrgica de las falanges) y todas las cirugías que no tengan como finalidad restablecer o preservar el estado de salud de los animales. 

Las prácticas quirúrgicas exceptuadas de la presente ley deben realizarse bajo prescripción médica por parte de un Veterinario matriculado en la Ciudad de Buenos Aires.

Finalmente se establece que la Autoridad de Aplicación dispondrá las sanciones correspondientes fijando las multas de acuerdo al grado de infracción de la norma. Serán pasibles de sanciones los particulares responsables de los animales, los particulares y los profesionales que las realicen.

Fundamentos del proyecto presentado por el legislador Abrevaya:

«Motiva la presente Ley, la creciente demanda de nuestra comunidad con respecto a la necesidad del buen trato hacia los animales, entendiéndolos a estos, como seres sintientes que deben ser respetados y cuidados responsablemente; procurándoles una adecuada calidad de vida, sin padecimientos de malos tratos; tal cual lo estipula la Ley Nacional N° 14.346 de protección hacia los animales y cuyo incumplimiento es delito penal.

Asimismo la Declaración Universal de los Derechos del Animal, promulgada por la UNESCO en el año 1978 y receptada por la ONU, defiende el derecho de los animales en cuanto a no ser maltratados, torturados o tratados con crueldad . En su articulado dice que: ‘Ningún animal será sometido a malos tratos, ni actos de crueldad’ Esta Declaración, en su preámbulo expresa ‘El Respeto hacia los animales por el hombre está ligado al respeto de los hombres entre ellos mismos’ y que ‘la educación debe enseñar, desde la infancia, a observar, comprender, respetar y amar a los animales’.

En otros tiempos este tipo de cirugías tales como la caudectomia (corte de cola) y la otectomía (corte de pabellones auriculares) se realizaban debido a la utilidad que los caninos tenían según su raza, y por eso mutilaban esos órganos para que pudiesen cumplir el trabajo. El cuerpo de los seres vivos forma parte de un todo ya que son organismos complejos en los que cada parte del cuerpo cumple una función específica para el mantenimiento de la salud integral y su supervivencia . Por ejemplo las orejas tienen una función de defensa y al cortarlas puede predisponer o determinar consecuencias patológicas de gravedad variable según el individuo, tal como otitis y otras. Asimismo, las amputaciones que se aplican en la cola de algunos animales tiene terminaciones nerviosas ya que la cola es la continuación de la columna vertebral, además es un elemento importante para el equilibrio y la comunicación del canino , el procedimiento no es indoloro; y también ocasiona sufrimiento innecesario . Muy distinto es si se debe realizar una amputación de cola con fines curativos según prescripción médica, tal como sucede en los casos de fractura, tumores o automutilaciones debido a un trastorno obsesivo compulsivo .

La oniquectomía o desungulación que en particular se le realiza a los felinos/as va más allá de un corte de uñas, ya que se corta la primer falange de cada dedo, porque esa es la zona donde crecen las uñas y esto trae como consecuencia infecciones recurrentes y deformación de los miembros, repercutiendo también en otras articulaciones y en la columna vertebral. La cordectomía (extirpación de cuerdas vocales), en la mayoría de los casos se realiza para que no vocalicen ni ladren; este procedimiento es muy frecuente en los criaderos y en general en los caninos/as de razas pequeñas. En esos sitios existe habitualmente una gran concentración de animales y en la mayoría de los casos en condiciones que no cumplen con el bienestar animal. Justamente por el hacinamiento y el maltrato a que son sometidos es que vocalizan continuamente y por esa razón les realizan la práctica de cordectomía.

Este tipo de prácticas aberrantes son realizadas solo para la satisfacción del humano y no tienen en cuenta el riesgo para los animales que ello implica, comenzando por el acto anestésico hasta las terribles consecuencias para la salud que expusimos precedentemente.

En la actualidad los caninos/as y felinos/as son animales domésticos de compañía, cuya única finalidad debe ser; tal como lo indica la palabra, la compañía, Hoy en día, en todas las sociedades modernas se los considera un miembro más de la familia.

A nivel mundial hay una tendencia hacia la prohibición de todas las intervenciones quirúrgicas que modifiquen en forma permanente la apariencia de los animales y que no tengan que ver con estrictas razones de salud. Mutilar a los animales por estética ya está prohibido en al menos 18 países, entre ellos nuestro país vecino Brasil, España, Holanda, Noruega, Suiza, Luxemburgo, Alemania, Bélgica, Grecia, Islandia, Estonia, Finlandia, Dinamarca, Polonia, Estonia, Eslovenia por mencionar algunos. También en varias ciudades del mundo tales como Ciudad de México y varios estados mejicanos ya rige la prohibición de estas aberrantes prácticas.

Cabe destacar que en noviembre del pasado año la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires dio media sanción a un proyecto de la Diputada María Laura Ricchini para prohibir este tipo de cirugías en animales. En varias ciudades de nuestro país, tales como Mar de Plata hay proyectos presentados que van en la misma sintonía.

No debemos olvidarnos que los animales forman parte del ambiente en el cual estamos inmersos y tal como dice nuestra Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su Art. 27°, debemos proteger y respetar la fauna urbana.

El bienestar animal nada tiene que ver con su apariencia, por lo tanto estas modificaciones corporales o alteraciones permanentes del cuerpo que se realizan por motivos estéticos deben ser prohibidas.«.

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