Mientras se reprimía en la puerta se aprobó en la Legislatura la Ley de Residencias Médicas

Régimen de Residencias de Equipos de Salud y Apoyo a los Equipos de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
El jueves 28 de noviembre de 2019 se sancionó, en la Legislatura de la ciudad de Buenos Aires, con 34 votos a favor (VJ) y 5 abstenciones (Ev), una ley sobre el sistema de Residencias Médicas que, según dice, apunta a jerarquizar los programas formativos, fija una remuneración para residentes y concurrentes y define derechos y obligaciones profesionales. Pero la verdad es que la misma desvaloriza a los médicos matriculados que realizan las residencias y concurrencias en los  hospitales porteños ya que no los considera como «profesionales de la salud». La misma entrará en vigencia el 1° de enero de 2020. #ResidentesYConcurrentesCABA

 

Los representantes de los ciudadanos porteños aprobaron, el jueves 28, un nuevo Régimen de Residencias de Equipos de Salud y Apoyo a los Equipos de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que en su primer artículo dice que: «constituye una política estratégica, integral y de calidad para el desarrollo del capital humano, cuyo propósito es coordinar y complementar la formación de profesionales en función de las necesidades de la población«. Es necesario señalar que el oficialismo, Cambiemos, tiene quorum propio y que el bloque Evolución, integrado por María Inés Gorbea, Marcelo Alejandro Guouman, Leandro Halperin, Juan Francisco Nosiglia y María Patricia Vischi, se abstuvo de votar. En tanto, a los integrantes de la oposición, que salieron a contener a los médicos que eran reprimidos por la policía, no se les permitió volver a entrar al recinto para expresar su voto.

De acuerdo a lo que denuncia Residentes y Concurrentes de CABAL, lo que llama la atención es que este proyecto de ley fue impulsado hace solo una semana sin que se diera intervención a la asociación de médicos municipales (gremio que representa a los médicos de la ciudad de Buenos Aires). Esta ley plantea un máximo de 64 hs semanales, sin reconocimiento de las guardias, no garantiza aumento de sueldo de acuerdo con las paritarias, ni aguinaldo. Frente a la Legislatura, mientras se votaba esta ley, los médicos se manifestaban en contra de esta reforma que precariza el trabajo de los residentes y concurrentes (que no nos olvidemos que son aquellos médicos matriculados que te atienden cuando en las guardias y consultorios  en los hospitales porteños) y, en el momento de la votación, algunos intentaron entrar al recinto y fueron reprimidos con golpes y gas lacrimógeno. Diputados de la oposición salieron a defenderlos y no les permitieron volver a ingresar, razón por la cual, al momento de votar quedaba solo el bloque oficialista que, claramente, votó a favor. 

La diputada Myriam Bregman denunció en su Twitter: «Acaba de ocurrir un hecho gravísimo, Cambiemos se supera cada día: salimos a intentar parar la represión a residentes y concurrentes y nos impidieron volver a entrar para votar en contra. Aprobaron la ley sin votos negativos: nos tenían retenidos contra nuestra voluntad.«.

Mariano Recalde, por su parte, posteó en Twitter: «Con la misma fuerza con la que salvan vidas todos los días, hoy están en la calle defendiendo sus derechos de la ley de Larreta. Vamos los residentes y concurrentes» en el cual muestra un video que da idea de la magnitud de la movilización.

En Change.org hay una petición al Jefe del Gobierno de la Ciudad, Horacio Rodriguez Larreta, para que derogue la ley aprobada https://www.change.org/p/horaciorlarreta-derogar-la-nueva-ley-de-residentes-y-concurrentes-de-caba:

Esta nueva ley precariza el trabajo del eslabón mas débil del Sistema de Salud. Considera a los Residentes y Concurrentes como material descartable.
Es una ley votada con suma urgencia que no contempla las necesidades de residentes y concurrentes.
NO DEJES QUE NOS QUITEN DERECHOS. SIEMPRE EL QUE MÁS SE PERJUDICA ES EL PACIENTE! 
A continuación la información oficial, brindada en el sitio de la Legislatura de la Ciudad, sobre la ley aprobada.

La nueva ley deroga viejas ordenanzas de 1985, 1987 y 1991 por considerarlas «desactualizadas y poco integradas con la dinámica actual de la formación profesional de posgrado en el sistema público estatal de la Ciudad«. 

La residencia es un régimen de formación de postgrado en servicio y contextos de trabajo para profesionales de reciente graduación, acotado en el tiempo, intensivo y altamente calificado. El programa está dirigido a las disciplinas que integran los equipos de salud, y su objeto es profundizar la formación de manera integral y desarrollar aptitudes y destrezas en forma programada, responsable y eficaz de una especialidad o área del conocimiento, con un alto nivel científico-técnico y compromiso social.

Se establece como requisito para ingresar al Régimen de Residencias:
  • ser ciudadano argentino nativo, por opción o naturalizado, o extranjero que acredite residencia en el país;
  • tener condiciones de conducta e idoneidad;
  • aptitud psicofísica requerida;
  • tener título de grado expedido por Universidades o Instituciones Oficiales de la República Argentina;
  • poseer matrícula profesional habilitante para ejercer la profesión en el ámbito de la Ciudad (son médicos recibidos)
  • haber cumplimentado las condiciones del Concurso Anual de Residencias, el cual constará de un examen objetivo de conocimientos.
Durante la práctica profesional, los residentes tendrán derecho a:
  • percibir una remuneración;
  • podrán acceder a un régimen de licencias;
  • a instalaciones hospitalarias apropiadas para el descanso y estudio;
  • obtendrán comidas necesarias para el día en el servicio;
  • acceso a medio informáticos de calidad;
  • derecho sindical;
  • derecho de formación;
  • percepción de estipendio por investigación y aguinaldo,
  • además de lo enumerado habría otros beneficios. 
Por otra parte, se definen como obligaciones respetar:
  • el reglamento operativo;
  • tomar conocimiento sobre la responsabilidad de las tareas asignadas;
  • estar bajo supervisión y colaboración de trabajo. 
Otro artículo de la ley define los parámetros sobre la carga horaria del programa:
«La residencia implica una carga horaria mínima de 36 horas semanales y una máxima de 64 por semana. La distribución de dicha carga horaria será definida por la Autoridad de Aplicación, en función de lo requerido por cada Programa Docente General para la formación del perfil profesional«. 

Además se aclara que

«la carga horaria máxima a cumplir por cada residente incluirá la distribución de actividades formativas supervisadas durante días hábiles y no hábiles, y actividades de formación intensiva continua, si el Programa de Formación así lo contempla. La carga horaria máxima para actividades habituales será de hasta 9 horas diarias -exceptuando la formación intensiva continua- en días y horarios determinados por la Adaptación Local del Programa de formación, y de acuerdo al Programa Docente General de la Residencia de la especialidad y/o disciplina«.

También se definen los distintos tipos de residencia, entre ellas:

  • la residencia básica (no requiere residencia previa),
  • postbásica,
  • disciplinaria (el programa de formación se desarrolla para profesionales de una misma disciplina)
  • interdisciplinaria (el programa de formación es común a profesionales de diversas disciplinas). 
Uno de los cambios que introduce la normativa tiene que ver con la perspectiva de género:

«Atendiendo a la creciente feminización de los espacios de formación profesional y los avances en materia de igualdad de derechos se incluye la perspectiva de género en las normativas que rigen la formación de posgrado«, explican los fundamentos del proyecto, impulsado por el diputado José Luis Acevedo (VJ) y despachado por las Comisiones de Salud y de Legislación del Trabajo.

El ingreso al Régimen de Residencias será realizado una vez al año mediante concurso público abierto, garantizando la transparencia, equidad e inclusión en el acceso al mismo.

La supervisión y ejecución del cumplimiento de los programas centrales estará a cargo de la Dirección General de Docencia, Investigación y Desarrollo Profesional, que depende del Ministerio de Salud porteño, para «garantizar una visión central y ordenadora de la formación de posgrado, con acatamiento y consideración por la normativa vigente». Además, en cada Sede de Residencia deberá funcionar un Comité de Docencia e Investigación, que tendrá funciones de gestión administrativa y técnica. 

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