Proyectos presentados en la Legislatura de la Ciudad acerca del PARQUE 3 DE FEBRERO

La Asociación Amigos del Lago de Palermo dio a conocer que, durante el mes de marzo, fueron presentados en la Legislatura de la ciudad de Buenos Aires, a través del diputado Adrián Camps, tres proyectos de ley que tienen que ver con el Parque 3 de Febrero, cuatro que tratan sobre irregularidades en el mismo parque y otro sobre de los espacios verdes en general. Te contamos sobre cada uno de ellos y te damos los enlaces para que puedas descargar los documentos completos.

Proyectos que tienen que ver con el Parque 3 de Febrero

055 D 2016 Proyecto de Declaración solicitando se deje libre el arco central del Paseo Marcela Brenda Iglesias en cumplimiento de la normativa vigente:

«La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires vería con agrado que el Poder Ejecutivo lleve a cabo las acciones necesarias para que la empresa EDENOR reubique la estación transformadora instalada indebidamente en el arco del bajo viaducto ferroviario que forma parte del memorial construido por la Ciudad de Buenos Aires en recuerdo de la niña Marcela Brenda Iglesias, trágicamente fallecida en ese lugar, integrante del Parque 3 de Febrero.».


162 D 2016 Proyecto de ley, denominando Plaza del Velódromo al predio otrora ocupado por el ex Velódromo Municipal, hoy demolido.

«Denomínase Plaza del Velódromo al espacio verde sin denominación situado en el Parque 3 de Febrero -Fracción A / Manzana 162 / Sección 21 / Circunscripción 18- delimitado por la Avenida Belisario Roldán, el terraplén ferroviario de la Línea Mitre, la Avenida Presidente Figueroa Alcorta y el deslinde con el Club Universitario Buenos Aires -CUBA- integrante de la Fracción B de la misma manzana, sección y circunscripción.»


244 D 2016 Proyecto de ley proponiendo se denomine: «Lago de Palermo» al Lago de Regatas situado frente al Campo de Golf / «Isla de los carau» e «Isla de las garzas» a las dos islas que emergen del mismo.

«Artículo 1º – Denomínase «Lago de Palermo» al situado en el Parque 3 de Febrero frente al Campo de Golf de la Ciudad y circunscripto por las Avenidas Tornquist y de los Ombúes y la calle Andrés Bello.

 Art 2º – Denomínase «Isla de las garzas» a la situada en el extremo norte del lago nombrado en el artículo 1º.

 Art 3º – Denomínase «Isla de los carau» a la situada hacia el sur de la nombrada en el artículo precedente e incluida también en el lago nombrado en el artículo 1º.

 Art 4º – El Poder Ejecutivo dispondrá de las medidas necesarias para proteger y preservar la fauna silvestre que habita las aguas del lago, la que eventual o temporariamente se posa sobre su superficie y la que anida en las islas nombradas en los artículos 2º y 3º de la presente.»

Proyecto que tiene que ver con los espacios verdes en general:


191 D 2016 Proyecto de ley proponiendo que los carteles con anuncios comerciales instalados en los espacios verdes públicos (prohibidos por ley), sean dedicados -exclusivamente- a publicitar el espacio verde en el que están instalados, citando el nombre, características e historia del mismo.

«Artículo 1°.- Los dispositivos publicitarios del mobiliario urbano que se encuentren ubicados en espacios verdes públicos -ya sean paneles sueltos o que formen parte de refugios-, serán destinados exclusivamente a comunicar información sobre esos mismos espacios verdes.

 Art. 2° – La información brindada a la población en base a lo dispuesto en el artículo 1° de la presente, será la correspondiente al nombre y ubicación en la comuna respectiva  del espacio verde en cuestión, así como planos y datos históricos  sobre el mismo.»


Proyectos que tratan sobre irregularidades en el Parque 3 de Febrero:
 
192 D 2016 Proyecto de Resolución – Pedido de informes al Ejecutivo sobre irregularidades en 17 arcos del viaducto ferroviario paralelo a la Av Casares, frente al Planetario.

«El Poder Ejecutivo informará, a través de los organismos correspondientes, dentro de los 30 (treinta) días de recibida la presente:

A) sobre las condiciones de ocupación y uso de los diecisiete (17) arcos, sus adyacencias y respectivas cabeceras, integrantes del viaducto ferroviario ubicado entre la calle Belisario Roldán y la Av. Sarmiento, frente a la Plaza Dr. Benjamín Gould, en el Parque 3 de Febrero, a saber: 
   
  a) dos (2) arcos ocupados por la Confitería Guindado que, además, toma un sector de parque adyacente como playa de estacionamiento propia.

   b) un (1) arco ocupado por la entrada al juego de PaintBall 
   
   c) un (1) arco cerrado (ex imprenta) 

   d) un (1) arco abierto con cartel «prohibido pasar» 

   e) seis (6) arcos tapados con un cerco de tablas verdes donde detrás, entre los arcos, se desarrolla el juego de PaintBall.

   f) seis (6) arcos con cerco de tablas donde se está desarrollando una obra sin el correspondiente cartel ni identificación alguna. 

B) sobre el cumplimiento del ítem 6.4.2. Bajo viaductos ferroviarios de la Ley N° 429.»


194 D 2016 Proyecto de Resolución – Pedido de informes al Ejecutivo sobre irregularidades en 20 arcos del viaducto ferroviario que componen el Paseo Marcela Brenda Iglesias.

«Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo informará, a través de los organismos correspondientes, dentro de los 30 (treinta) días de recibida la presente, sobre los siguientes puntos referidos a la situación de ocupación y uso de los arcos del viaducto ferroviario que atraviesa el Parque 3 de Febrero entre Av. del Libertador y la calle Cnel Marcelino Freyre y sus adyacencias, lindante con la Plaza de la Shoá y con la Plaza Comte. Andrés Guacurari Artigas, en el Paseo Marcela Brenda Iglesias:

 1. Si la totalidad de los locales comerciales ubicados debajo de dicho viaducto están habilitados por el GCBA. De existir dichas habilitaciones envíe copia de la documentación que lo acredita. Si no lo estuvieran envíe copia de las actuaciones iniciadas.

 2. Si ha legitimado o cuestionado la construcción efectuada debajo del «arco N° 7 contando desde Av. del Libertador», consistente en el alojamiento de un transformador que alimenta el complejo y que forma parte del Paseo Marcela Brenda Iglesias según la ley N° 2366. De existir, envíe copia de la documentación de obra presentada ante el Gobierno de la Ciudad y del Certificado de Aptitud Ambiental expedido por la Agencia de Protección Ambiental.

 3. Si ha legitimado o cuestionado el cercado y utilización del espacio público adyacente al viaducto ferroviario, utilizado como extensión de la actividad de elaboración gastronómica desarrollada en el bajo viaducto, especialmente el denominado MOOI.

 4. Si tiene conocimiento de la utilización de publicidad violatoria de la ley N° 2936 de publicidad exterior en algún lugar del complejo, especialmente por el local de comidas rápidas McDonald’s y en las veredas adyacentes. Si ha tomado conocimiento envíe actuaciones iniciadas.

 5. Explique las razones por las cuales dos carteles indicadores del Paseo Marcela Brenda Iglesias no están en el lugar donde se desarrolla dicho paseo, sino en la Plaza Cmte. Andrés Guacurari Artigas (uno cercano a la Av del Libertador y otro cercano a la calle Freyre), dando a entender que ese es el nombre de la plaza. También, por qué no existe ningún cartel indicador de la existencia de dicho Paseo del lado correspondiente a la Plaza de la Shoá.»

195 D 2016 Proyecto de Resolución – Pedido de informes al Ejecutivo sobre el estado de ocupación y uso del predio ocupado por el ex Velódromo Municipal, en el que se incumple la ley N° 4739.

«El Poder Ejecutivo informará, a través de los organismos correspondientes, dentro de los 30 (treinta) días de recibida la presente, sobre los siguientes puntos referidos a la situación de ocupación y uso del predio que ocupara el ex Velódromo Municipal en el Parque 3 de Febrero en relación al cumplimiento de la ley N° 4739:
   a) que sector o sectores construidos han sido demolidos y cuáles no.
   
   b) en el caso, razones para no haber demolido la totalidad de las construcciones existentes.
   
   c) si se ha liberado la totalidad del predio al uso público. De no haberse cumplido esta tarea, especifique lo cumplido efectivamente y razones por las que no se hubiera completado.
   
   d) razones por las cuales grandes sectores del predio lucen alambrados y abandonados.
   
   e) si la hubiera, relación contractual con la empresa Mantelectric/Parquizar para ocupar un sector del predio desde hace más de diez (10) años. Razones por las cuales sigue manteniendo una base de operaciones en el lugar.
   
   f) si se ha verificado corrimiento de los límites y la legalidad de la ocupación del Club Universitario Buenos Aires -CUBA- del predio que comparte con el Velódromo. Informar si hay denuncias al respecto.
   
   g) razones por las cuales se permite el estacionamiento de vehículos en el espacio verde público».

   
243 D 2016 proyecto de Resolución – Pedido de informes al ejecutivo sobre la realización de los Juegos Olímpicos de la Juventud 2018 y la ocupación de espacio verde público en el Área de Protección Histórica Parque 3 de Febrero.

«El Poder Ejecutivo informará, a través de los organismos correspondientes, dentro de los 30 (treinta) días de recibida la presente, sobre las siguientes cuestiones relativas a la realización de los Juegos Olímpicos de la Juventud a celebrarse en esta Ciudad en octubre de 2018:

   a) costo detallado de las inversiones realizadas o a realizar por el Gobierno de la Ciudad en sitios públicos y privados afectados a los JJ.OO.

   b) detalle el uso de áreas públicas -como calles y espacios verdes- en tiempo y calidad de afectación.

   c) según información pública, se afectará el Parque 3 de Febrero a los deportes de «Triatlón, voleibol de playa y ciclismo de pista» en lugares «existentes, sin necesidad de obras». Explicite lugares específicos donde se desarrollarían esos deportes y si se han realizado estudios de impacto ambiental al respecto.»