Un nuevo revés judicial para el GCBA: no podrá podar ni extraer hasta que cumpla con la ley de arbolado

el GCBA: no podrá podar ni extraer hasta que cumpla con la ley de arbolado.⠀
La Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario rechazó las apelaciones del GCABA y dejó firme el fallo de febrero del juez Guillermo Scheibler que lo obliga a suspender todas sus «intervenciones» mientras no se apegue a la ley 3263 que le exige, entre otras cosas, un acceso total de la ciudadanía a los datos de su gestión sobre el tema y lograr una idoneidad de excelencia en todo el personal a cargo. #leydearbolado #ley3263 #bastademutilar @bastademutilar

 

Las principales exigencias de la sentencia del expediente «4570/2017 HERAS CLAUDIA CONTRA GCBA y otros«, junto con los autos acumulados “Flores, Virginia contra GCBA sobre amparo – ambientalEXP 3330/2017-0, se centraban en garantizar para la población un acceso libre, gratuito y público a un sistema informático que informe y le permita a la ciudadanía controlar todas las acciones sobre el arbolado urbano y acceder al Plan Maestro y al censo informatizado de ejemplares; cumplir con las capacitaciones, evaluaciones técnicas y habilitación de todo el personal a cargo, y que se diseñen y ejecuten tareas de conservación para los árboles existentes, a fin de que la poda no sea su única herramienta. Todas cuestiones ya establecidas en la Ley de Arbolado.

En los fundamentos del nuevo fallo, la Cámara entiende que el Estado de la CABA fracasó en la argumentación para probar su cumplimiento de la norma citada, repitiendo agravios ya descartados en la apelación de la medida cautelar que regía mientras la sentencia actual no se encontraba firme. Con esta novedad, al GCBA ya no le alcanzará con apersonar durante las tareas de intervención del arbolado a un ingeniero agrónomo a cargo con un informe de la Comuna, sino que deberá publicar antes y después toda la información y las justificaciones de su accionar, así como exhibir la idoneidad de los ejecutores: nunca pudo probar ante los tribunales la especialización en materia de arbolado de sus inspectores ni la capacitación de los operarios, desentendiéndose en favor de las empresas contratistas.

De esta manera, nuevamente quedarán suspendidas todas las intervenciones hasta que el Gobierno porteño se ajuste a derecho, cuando ya había anunciado la próxima «poda verde» -debe ser mínima- de primavera y verano, en la cual se atribuía una larga lista de excepciones que le permitía continuar con su accionar prácticamente a sus anchas. La única excepción que le permitirá intervenir desde ahora es un real peligro para personas o cosas. Así, en caso de detectar el incumplimiento de la orden del Poder Judicial, cualquier vecino podrá invocar la presencia de personal policial para el inmediato cese del accionar.

Fueron anexados a la nueva sentencia los casos de la periodista Soledad Barruti, quien presentó otro amparo por una extracción que no pudo ser justificada en la vereda de su domicilio, y el del bulevar San Isidro Labrador, donde el GCBA pretendió realizar la extracción 43 árboles sin lograr fundamentar sus razones, por lo que la Justicia le puso freno.

Al respecto se refirieron desde la organización Basta de Mutilar Nuestros Árboles, actora clave desde hace nueve años en la lucha vecinal por la protección del arbolado público. «El Poder Judicial nos da la razón. Tanto el Poder Ejecutivo como las Juntas Comunales deben cumplir la ley y preservar el patrimonio arbóreo de la ciudadanía ya que es su responsabilidad y función velar por el bien común y no privilegiar intereses individuales ni económicos. La ciudadanía consciente de los beneficios que brinda el follaje frondoso a la salud pública y ambiental tiene ahora más herramientas para proteger a nuestros árboles. Quiero señalar además que una de las excusas más usuales desde las juntas comunales, que obedecen a los pedidos de los vecinos, fue explícitamente rechazada por la Cámara de Apelaciones: “En otras palabras, es el ordenamiento jurídico aquel que prevé cuando la poda o la tala de los especímenes arbóreos de la Ciudad deben ser intervenidos y no la mera voluntad de los particulares.«, advirtió su fundadora, María Angélica Di Giacomo.

Lea la sentencia completa en este enlace

Fuentes:

 

 

 

 

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