1) Ley N° 2748 de 2008 que lo declara sitio de interés histórico, integrante del Patrimonio Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (PCCABA),
2) Ley N° 5568 de 2016 que la incorpora al ítem 5.4.12.2. Distrito APH2 Parque 3 de Febrero del Código de Planeamiento Urbano
parece haber hecho mella en la dura coraza de los/as funcionarios/as de la Ciudad de Buenos Aires.
Ocho años de administración de Mauricio Macri + ocho años de administración de Horacio Rodríguez Larreta, han servido para abandonar y convertir en un basural un sitio «de interés histórico» … «integrante del Patrimonio Cultural de la CABA» e «integrante del Área de Protección Histórica APH2 Parq
Ley N° 2.748 (2008)
Artículo 1°.- Declárese sitio de interés histórico, integrante del Patrimonio Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (PCCABA), a la construcción denominada «La Boyera», nomenclatura catastral Circunscripción 18, Sección 21, Manzana 143, vecina a la prolongación de la Avenida Casares, en cercanías del viaducto ferroviario y las antiguas dependencias de la ex Dirección Municipal de Limpieza.
Art. 2°.- Catalógase con Nivel de Protección Estructural en los términos del Artículo 10.3.3, correspondiente al Capítulo 10.3 «Catalogación» del Código de Planeamiento Urbano, el inmueble citado en el Artículo 1°.
Art. 3°.- Incórporase el inmueble citado en el artículo 2° al Listado de Inmuebles Catalogados correspondiente al Artículo 10.3 «Catalogación» del Código de Planeamiento Urbano de la Ciudad Autónoma de la Ciudad de Buenos Aires. Artículo
Art. 4°.- Asiéntese en la Documentación Catastral correspondiente la catalogación establecida en el artículo 2°.
Ley N° 5.568 (2016)
Artículo 1º.- Incorpórase al ítem 5.4.12.2. Distrito APH2 Parque 3 de Febrero del Código de Planeamiento Urbano, el predio correspondiente a la construcción denominada “La Boyera“, adyacente al actual distrito APH2 Parque 3 de Febrero y ubicada en la intersección de la calle Chonino y la prolongación de la Avenida Casares, con nomenclatura catastral Circunscripción 18, Sección 21, Manzana 143.
Art. 2°.- Modifíquense la plancheta Nº 7 del Código de Planeamiento Urbano de acuerdo a lo consignado en la presente Ley.